Plazo limite para inscribirse como sujetos obligados ante la DCIP

INSCRIPCIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS ANTE LA DCIP
SI AUN NO TE HAS INSCRITO, tienes hasta el 25 de Febrero 2020 para que realices tu registro en las siguientes formas recomendadas:
- Se sugiere el uso de la plataforma en linea que la Corte Suprema de Nicaragua ha dispuesto: https://www.poderjudicial.gob.ni/dgcip/preguntas.asp
- El mismo código de acceso y clave para declarar tu indice anual es el mismo que te servirá para hacer tu registro online. En caso de haberlo perdido puedes acercarte al edificio Num. 2 de la Corte en Nicaragua, donde serás atendido por el personal de protocolo quienes solicitarán tu carné de abogado y notario público para que desde el sistema automatizado te envíen por correo el código y clave de acceso.
- Así mismo habrán mesas de atención en el mismo edificio donde recibirás orientación para hacer el llenado manual del formulario.
Debemos aclarar que no hay sanción por no registrarse pero SI POR EMITIR, PARTICIPAR Y DAR FE PUBLICA DE ACTOS QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DE LAS 5 ACTIVIDADES SUPERVISADAS POR LA DCIP:
a) Compra y venta de bienes inmobiliarios;
b) Administración del dinero, valores u otros activos del cliente;
c) Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores;
d) Organización de contribuciones para la creación, operación o administración
de empresas;
e) Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras
estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.
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